La Corte Suprema aprobó el Reglamento para Actuación en Procesos Colectivos
Mediante la Acordada 12/2016, la Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobó el “Reglamento de Actuación en Procesos Colectivos”, que fija reglas que ordenan el trámite de este tipo de procesos en los tribunales nacionales y federales de todo el país, a fin de asegurar la eficiencia práctica del Registro Público de Procesos Colectivos, creado en 2014 por el Máximo Tribunal (acordada 32/14).
Dicho Reglamento establece de qué manera debe ser presentada la demanda en los procesos colectivos pidiendo que en ella se aclare el motivo de la presentación conjunta, la causa que provoca la lesión de los derechos colectivos e identificar al colectivo involucrado, entre otras cuestiones.
Además, se reglamenta la función del Registro Público de Procesos Colectivos, dándole a esta entidad mayor participación y funcionalidad. El Registro deberá informar (a los demandantes o al Juez) la existencia de causas similares para que no existan dos procesos colectivos iguales iniciados en distintos tribunales. Si del informe del Registro surge la existencia de un juicio en trámite, registrado con anterioridad y que presente una sustancial semejanza en la afectación de los derechos de incidencia colectiva, el magistrado requirente deberá remitir, el expediente al Juez ante el cual tramita el proceso inscripto. Si de dicho informe no surge la existencia de otro proceso similar registrado, el magistrado deberá dictar una resolución en la cual ordene la inscripción del nuevo proceso en el Registro. Registrado el proceso, el Juez deberá actualizar en el Registro toda la información que resulte relevante en la causa.
El “Reglamento de Actuación en Procesos Colectivos”, se puede encontrar en el Anexo I de la acordada 12/2016 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.